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Seguros de Vida (página 2)




Enviado por yibetza2002



Partes: 1, 2

d) Seguro de
deudores
.- En esta modalidad, al producirse el fallecimiento
del asegurado, la compañía de seguros se hace
cargo automáticamente de la liquidación de los
créditos previstos en la póliza, no
vencidos, que adeude el Asegurado en el momento de su muerte.

e) De orfandad.- Tiene por objeto la
concesión de una Pensión Temporal a favor de los
hijos menores de 18 años en caso de fallecimiento del
padre o la madre trabajadora con el que convivan y del cual
dependan económicamente.

f) De capital de
supervivencia
.- El capital es pagadero inmediatamente
después del fallecimiento del asegurado, si ocurre antes
que el de otra persona designada
al contratar el seguro, denominada beneficiario o sobreviviente.
Si ésta fallece antes que el asegurado, queda rescindido
el seguro y las primas pagadas pueden quedar, ya sea a favor de
la compañía de seguros, o bien del sobreviviente,
según haya sido pactado al celebrarse el contrato de
seguro, la prima anual deja de pagarse al morir el
asegurado.

3.Seguro Dotal Mixto.- Es un tipo
especial que se integra por un seguro de riesgo y un
seguro de ahorro, en
virtud de la cual, si el asegurado fallece antes del plazo
previsto, se entregará a sus beneficiarios la
indemnización estipulada, y si sobrevive a dicho plazo se
entregará al propio asegurado la suma asegurada
establecida por el contrato, y tiene las siguientes
modalidades:

a) Mixto completo.- Si el asegurado
vive al vencimiento
del plazo del seguro, participará también en
utilidades de la póliza con un determinado porcentaje
sobre la suma asegurada.b) Mixto simple.- Garantiza el
pago de la suma establecida, a los beneficiarios designados, al
producirse el fallecimiento del asegurado, siempre que ocurra
antes del vencimiento del contrato.c) Mixto doble.- Son
iguales al del seguro mixto simple, con la particularidad de que
el contrato no se extingue con el pago de la suma asegurada
establecida al asegurado si vive al vencimiento de la
póliza.d) Mixto Revalorizable.- La suma asegurada
aumenta cada año, aunque sus características son
iguales al seguro mixto.e) Mixto variable.- En caso de
sobrevivencia el asegurado va percibiendo la suma asegurada
distribuida en determinado porcentajes y pagada en diferentes
momento.f) A plazo fijo.- En esta modalidad se garantiza
el pago de la suma asegurada al vencimiento de la póliza,
sin importar si el asegurado vive o ya falleció.g)
Dotal
.- El beneficiario será un menor de edad, sin
importar si el asegurado vive o no.h) Seguro de Vida
Universal
.- Se combina el proceso de
capitalización y el seguro temporal renovable, siendo un
plan de
ahorro.

Fuente:Condusef

Seguro por
Daños

En este tipo de seguro, existen diferentes
ramos como son:

I. Ramo de Incendio.- Es aquel que
garantiza al Asegurado el pago de una indemnización en
caso de incendio de los bienes
especificados en la póliza o la reparación o
reposición de la piezas averiadas, y puede contemplar
coberturas adicionales como pueden ser:Responsabilidad
civil, pérdida de rentas, pérdida de
beneficios, gastos y
daños.

2. Ramo de Responsabilidad Civil.- Se compromete a
indemnizar al asegurado del daño
que pueda experimentar su patrimonio a
consecuencia de la reclamación que le efectúe un
tercero, por la responsabilidad en que haya podido incurrir,
tanto el propio asegurado como aquellas personas que dependen
civilmente del asegurado.

3. Ramo Agrícola.- Tiene por
objeto la cobertura de los riesgos que
puedan afectar a las explotaciones agrícolas, ganaderas o
forestales y sus principales modalidades son:a) Seguro de
Ganado.b) Seguro de Incendio de Cosechas.c) Seguro de
Granizo.

4. Ramo de Crédito.- Tiene
por objeto garantizar a una persona el pago de los
créditos que tenga a su favor cuando se produzca la
insolvencia de sus clientes deudores
por créditos comerciales.

5. Ramo de Transportes.- La
compañía de seguros se compromete al pago de
determinadas indemnizaciones a consecuencia de los daños
sobrevenidos durante el transporte de
mercancías y se divide en marítimo, aéreo y
ferroviario:

a) Seguro Marítimo.-
Garantiza los riesgos de navegación que puedan afectar,
tanto al buque transportador como a la carga transportada, y
puede ser seguro de buque, carga o flete.b) Seguro de
Aviación
.- Tiene por objeto el pago de
indemnización derivada de accidentes
sufridos por aeronaves.c) Seguro Ferroviario.- Tiene por
objeto el pago de indemnización derivada de accidentes
sufridos por ferrocarril.

6. Ramo de Diversos

Se divide en varias categorias

a) Seguro de Robo.- La compañía de
seguros se compromete a pagar los daños sufridos por la
desaparición, destrucción o deterioro de los
objetos a causa de robo, asalto o tentativas.

b) Seguro Cinematografía.- Tiene por objeto
cubrir los daños durante una producción cinematográfica.

c) Seguro Cristales.- Éste garantiza al
asegurado el pago de una indemnización o reposición
en caso de rotura accidental de las lunas o cristales descritos
en la póliza.

d) Seguro Ingeniería.- Consiste en un grupo de
modalidades de cobertura que amparan determinados riesgos
derivados del funcionamiento, montaje o prueba de maquinaria o
inherentes a la construcción de edificios. Sus principales
modalidades incluyen:

I Seguro de Construcción.- Garantiza los
daños que puedan sufrir los bienes integrantes de una obra
ejecutada.

II Seguro de Maquinaria.-Garantiza los daños que
puedan sufrir maquinaria, equipos o plantas
industriales.

III Seguro de Montaje.- Se asemeja al de
construcción pero en el momento de su instalación o
montaje.

IV Seguro Electrónico.- Garantiza el seguro al
equipo de procesamiento de
datos descritos en el contrato.

V Seguro de Calderas.- Asegura a las calderas en
caso de explosión, entre otros.

Seguro de Gastos
Médicos

Monografias.com

Son los seguros que cubren la lesión
o incapacidad que afecte la integridad personal o la
salud del
Asegurado, ocasionada por un accidente o enfermedad.

En esta clase de
seguros la Aseguradora, mediante el pago de la prima
correspondiente, cubre los gastos hospitalarios, atención médica, intervenciones
quirúrgicas, alimentos,
medicamentos, análisis clínicos, rayos x, etc. a
los asegurados y en su caso a los dependientes económicos
cuando así quede convenido en la póliza del
seguro.

Para cada plan de seguro hay una cobertura
específica, por lo que es conveniente que usted revise el
contenido de su póliza y verifique que la cobertura del
plan que contrató cubra sus necesidades.

Prestaciones más comunes que
tienen los seguros de gastos médicos

1.Cuarto y alimentación en el
hospital (privado o compartido).2.Cama extra para un
acompañante cuando el asegurado esté
internado.3.Servicios
generales de enfermería.4.Laboratorios y rayos X en el
hospital.5.Medicamentos en el hospital.6.Gastos varios en el
hospital.7.Honorarios de los médicos.8.Operaciones y
servicios de anestesia.9.Terapia intensiva.10.Servicio de
transporte de urgencia.11.Cobertura de enfermedades adicionales
aumentando el monto de la prima.12.Terapias fuera del hospital
como paciente externo.Otros beneficios adiconalesque pueden
establecerse en el seguro de gastos médicos

a) Una suma asegurada, que
percibirían los herederos legales o los beneficiarios
designados en la póliza en caso de fallecimiento
accidental del Asegurado.Esta cobertura se puede ampliar de
manera que cubra las pérdidas orgánicas originadas
a consecuencia de un accidente, para lo cual se establece una
Escala de
Indemnizaciones que estipulan el porcentaje de la suma asegurada
que corresponderá por cada tipo de pérdida
orgánica.

b) Una suma asegurada en caso de
incapacidad permanente y total, causada por accidente. Cuando se
trate de incapacidad permanente parcial, la
Compañía de Seguros sólo pagará un
porcentaje de la suma asegurada establecida para esta cobertura,
de acuerdo con la gravedad de la lesión y conforme a la
tabla específica que se encuentra en las condiciones
generales de la póliza.

c) Una pensión diaria en caso
de incapacidad temporal durante los días en que el
Asegurado permanezca inactivo a causa del accidente.

d) Extensión de la cobertura
del seguro a algunos países extranjeros.

Elementos que debe conocer sobre su
seguro de gastos médicos

Período de espera.- Es el
período de tiempo
establecido en la póliza, a partir de la
contratación del seguro, durante el cual la Aseguradora no
cubre los gastos por la atención o tratamiento
médico de ciertas enfermedades o
padecimientos.Preexistencia.- Es la enfermedad o
padecimiento que se inició antes de la contratación
del Seguro de Gastos Médicos y que consecuentemente no
están cubiertos por el seguro.

Deducible.- Es una cantidad de
dinero a
partir de la cual la Aseguradora empieza a pagar el monto de la
reclamación. La Aseguradora no pagará accidentes o
enfermedades cuya atención o tratamiento implique un monto
menor al deducible.

Coaseguro.- Es un porcentaje del
total del monto que la aseguradora haya considerado como
procedente para la atención o tratamiento derivado de un
padecimiento, una vez que ha sido descontado el deducible. Este
porcentaje también lo pagará el
asegurado.

La mayoría de los seguros de gastos
médicos, además del deducible, hacen que el Usuario
se solidarice con ellos pagando una parte de los gastos, a lo
cual se le llama coaseguro, por lo tanto lo convierten en
coasegurador. El pago de esta cantidad tiene como objeto que
sólo se utilice el seguro en caso de una enfermedad
realmente grave, pero generalmente la Aseguradora no cobra ni
deducible ni coaseguro en el caso de accidentes.

Como pagar en caso de utilizar su
seguro de gastos médicos

Las formas en que la aseguradora
podrá indemnizarle son:a) Pago directo en el cual
el asegurado solo paga el deducible y coaseguro y la aseguradora
paga directamente al médico u hospital.b) Reembolso
en el cual el asegurado paga al médico u hospital y
después por medio de una reclamación presentada a
la aseguradora, ésta paga al asegurado los gastos que
hayan sobrepasado las cantidades del deducible y del
coaseguro.

Nota:Para que la
compañía pueda tramitar la indemnización
correspondiente, es necesario que usted le entregue toda la
documentación e información que ésta requiere, o en
su defecto, que lleve a cabo los procedimientos
necesarios para la reposición de tales documentos, ya
que sin ellos no podrán entregarle la indemnización
respectiva.

Cláusulas del seguro de gastos
médicos que debe tener en su póliza

a) Importe de la suma asegurada por
evento o reclamación, por período o por la vida del
asegurado. Asegúrese de que la suma asegurada se reinstale
(vuelva a ser por la misma cantidad) después de cada
reclamación o periodo.b) Que cubra cirugía
estética, procedimientos
odontológicos y oftalmológicos requeridos a causa
de un accidente o enfermedad que sí esté
cubierta.c) Los deportes conocidos como peligrosos
(automovilismo, motociclismo, tauromaquia, paracaidismo etc)
están excluidos de estas pólizas sin embargo si
usted los practica, pueden estar cubiertos cuando se paga una
extraprima.d) Que cuente con la cobertura de enfermedades
graves, ej: cáncer, sida.e) Si
cambia de aseguradora, verifique que le respeten su
antigüedad.

Plazos para el pago
de su póliza

Cada una de las Compañías de
Seguros podrá ofrecerle diversos plazos para el pago de
las pólizas aunque regularmente los tipos de plazo son
anual, semestral, trimestral o mensual. A partir de que usted
contrate su seguro de gastos médicos independientemente de
la forma de pago que haya elegido (anual, semestral, trimestral,
etc) de acuerdo a la ley tiene 30
días para realizar el pago de su póliza, así
como para hacer cualquier aclaración en el contenido de la
misma
. Una vez transcurrido ese plazo si usted no ha
realizado el pago del seguro la Compañía
Aseguradora podrá cancelar su póliza y usted no
estará protegido.

Es importante que usted este enterado de
que cada vez que se venza el plazo de vigencia de su
póliza, y una vez que usted haya informado a su
aseguradora por medio de su agente de seguros, su deseo de
renovarla, contara con el plazo de 30 días
señalado a partir del vencimiento de la
misma
.

Existen varias aseguradoras que ofrecen
planes de seguros de gastos médicos, por lo que es
importante que antes de decidirse por alguno, contacte usted a
los diferentes agentes de seguros de esas Compañías
para que le hagan un presupuesto en
base al seguro que Usted necesite
. Con todo esto usted se
encontrará en posibilidad de elegir el plan de seguros
que mejor convenga a su presupuesto y a sus
necesidades
.

Y recuerde:-No firme ningún documento sin
leerlo-No firme o pague su póliza si no esta de acuerdo
con las condiciones de la misma.

Seguro de
Pensiones

Seguro de pensiones de la seguridad
social

A partir de la entrada en vigor de la nueva
Ley del Seguro Social
en Julio de 1997, hubo cambios trascendentes para el futuro de
los trabajadores afiliados al mismo Instituto. Uno de los cambios
importantes a la Reforma, fue el abrir la posibilidad a que las
Instituciones
de Seguros llevaran a cabo la
administración y pago de las Pensiones Derivadas de la
Seguridad
Social, actividad que desarrollaba anteriormente el Instituto
Mexicano del Seguro Social (IMSS).

La Secretaría de Hacienda y Crédito
Público (SHCP), es la encargada de autorizar a las
Compañías Aseguradoras la operación de los
Seguros de Pensiones Derivados de la Seguridad Social a
través de dos tipos de autorización:

* Autorización para que las
instituciones de seguros puedan operar el ramo de pensiones a
través de constituirse como compañías de
pensiones especializadas, las cuales solo podrán manejar
los Seguros de Pensiones.* Autorización para que las
instituciones de seguros que manejan el ramo de vida, puedan
ampliar su operación y así comercializar los
seguros de pensiones por un plazo de 5 años, obligando a
las mismas a separar la operación de pensiones antes del
1o de julio del 2002.

Ambos tipos de autorización
están sujetos a previa certificación por parte de
la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), con la
cual se garantiza que todas las compañías que
operan el ramo cuentan con la solvencia económica y
financiera, los sistemas y la
capacidad para operar en forma correcta los seguros de
Pensiones.

El plazo de 5 años marcado para las
compañías que operan el ramo de pensiones, es un
plazo que la Ley les otorga para que se conviertan en
compañías exclusivas de pensiones. Con ello se
formalizarán legalmente como compañías de
pensiones terminado dicho plazo, acatando así los cambios
que establece la Ley.

Partes que intervienen en un seguro de
pensiones de la seguridad social

Asegurado:Trabajador o persona de
aseguramiento inscrito ante el Instituto Mexicano del Seguro
Social, en los términos de la Ley del Seguro
Social.Pensionado:Es el asegurado que por
resolución del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
tiene otorgada pensión por: incapacidad permanente total,
incapacidad permanente parcial, invalidez, cesantía en
edad avanzada y vejez,
así como los beneficiarios de aquel cuando por
resolución del Instituto tengan asignada una
pensión de viudez, orfandad, o de
ascendencia.Beneficiarios:Es el cónyuge del
asegurado o pensionado y a falta de éste, la concubina o
el concubinario en su caso, así como los ascendientes y
descendientes del asegurado o pensionado señalados en la
Ley del Seguro Social.

Tipos de Pensiones

Pensión por Invalidez:Es
el estado de
invalidez permanente dictaminada por el IMSS que da derecho al
asegurado, al otorgamiento de una pensión definitiva.Para
los efectos de la Ley del Seguro Social existe invalidez cuando
el asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un
trabajo igual,
una remuneración superior al cincuenta por ciento de su
remuneración habitual percibida durante el último
año de trabajo y que esa imposibilidad derive de una
enfermedad o accidente no profesionales.

Pensión por Incapacidad:Los
riesgos de trabajo pueden traer como consecuencia la incapacidad
permanente, ya sea parcial o total, o inclusive la muerte del
trabajador.Al declarar el IMSS la incapacidad permanente total
del asegurado, éste recibirá una pensión
mensual definitiva.

Incapacidad permanente parcial:Si la
valuación de la incapacidad dictaminada por el IMSS es
superior al cincuenta por ciento, el asegurado recibirá
una pensión. Si la valuación definitiva de la
incapacidad fuese de hasta el veinticinco por ciento, se
pagará al asegurado, en sustitución de la
pensión, una indemnización global equivalente a
cinco anualidades de la
pensión que le hubiese correspondido.Dicha
indemnización será optativa para el trabajador
cuando la valuación definitiva de la incapacidad exceda de
veinticinco por ciento sin rebasar el cincuenta por
ciento.

Cuando ocurra la muerte del asegurado o
del pensionado, el Instituto Mexicano del Seguro Social
otorgará
:

Pensión por Viudez:Se le dara
a la viuda una pensión, y sólo a falta de esposa
tendrá derecho a recibir la pensión, la mujer con
quien el asegurado vivió como si fuera su marido durante
los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte
o con la que tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido
libres de matrimonio
durante el concubinato.
Si al morir el asegurado o pensionado tenía varias
concubinas, ninguna de ellas gozará de pensión. La
misma pensión le corresponderá al viudo o
concubinario que dependiera económicamente de la
trabajadora asegurada o pensionada.

Pensión por Orfandad:- Se le
da una pensión a cada uno de los huérfanos que lo
sean de padre o madre, menores de dieciséis años.-
O extenderá el goce de esta pensión, a los
huérfanos mayores de dieciséis años, hasta
una edad máxima de veinticinco años, cuando se
encuentren estudiando en planteles del sistema
educativo nacional, tomando en consideración, las
condiciones económicas, familiares y personales del
beneficiario y siempre que no sea sujeto del régimen
obligatorio.- Una pensión a cada uno de los
huérfanos que lo sean de padre o madre, que se encuentren
totalmente incapacitados.

Pensión por Ascendencia:A
falta de viuda o viudo, huérfanos, concubina o
concubinario con derecho a pensión, a cada uno de los
ascendientes que dependían económicamente del
trabajador fallecido o del pensionado, se le pensionará
una pensión.

Puntos a tener en cuenta si un
trabajador está tramitando su
pensión

  • El IMSS es quien determina el derecho a
    recibir una pensión así como el monto y
    demás prestaciones contempladas en la
    Ley.

  • Las pensiones por incapacidad,
    invalidez o muerte de un trabajador, que se originen a partir
    del 1º de julio de 1997, serán pagadas por
    Aseguradoras Autorizadas de acuerdo a la Nueva Ley del Seguro
    Social.

Como elegir libre y correctamente a la
Compañía Aseguradora que le pagará su
pensión

  • Reciba y escuche en su domicilio a los
    representantes debidamente acreditados de las Aseguradoras
    Autorizadas. Ellos le explicarán los beneficios que
    por Ley le corresponden y aquéllos que en forma
    adicional le ofrecerán sin costo
    alguno.Asegúrese que los beneficios adicionales que le
    ofrezcan sean claros y precisos en sus términos y
    cuenten con el registro de
    la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.Cada
    Aseguradora deberá presentarle su oferta de
    beneficios adicionales una sola vez, por escrito y en papel
    oficial de la Compañía.

  • Compare todas las ofertas que por
    escrito le presenten Tome su tiempo para analizarlas y no
    permita que nadie lo presione o quiera intervenir. El
    trámite debe ser personal ya que está
    decidiendo su futuro y el de su familia.

  • Considera el prestigio, respaldo,
    experiencia, solidez financiera y servicio que le ofrece la
    Aseguradora que le pagará tu
    pensión.

  • Está prohibido que los
    representantes de las Aseguradoras le ofrezcan pagos en
    efectivo antes o al momento de la firma de su Documento de
    Elegibilidad; tampoco deben utilizar los beneficios
    adicionales como medida de presión para que haga su
    elección.Todos los pagos que le correspondan le
    serán entregados en la fecha establecida,
    después de que haya recibido su póliza del
    Seguro de Pensiones.

  • Recuerde que Usted puede realizar los
    trámites, no permita que otra persona los realice por
    Usted.

  • Todos los trámites son
    gratuitos.

  • Una vez que elija su Aseguradora y
    firme el documento de elegibilidad, no podrá cambiarse
    de compañía.

Compañías Autorizadas
para pagar su seguro de pensiones

  • HSBC, Pensiones, S.A.

  • HSBC, rentas Vitalicias,
    S.A.

  • Metlife Pensiones México, S.A.

  • Pensiones BBVA Bancomer, S.A. de
    C.V.

  • Pensiones Banorte Generali, S.A. de
    C.V.

  • Pensiones Comercial América, S.A. de C.V.

  • Pensiones Inbursa, S.A.

  • Principal Pensiones S.A. de
    C.V.

  • Profuturo GNP Pensiones, S.A. de
    C.V.

  • Royal & Sunalliance Pensiones
    (México), S.A. de C.V.

  • Seguros Banamex, S.A. de C.V.

Seguro de
Responsabilidad Civil

Seguro de responsabilidad
civil Profesional

Existen compañías de seguros,
que además ofrecen este tipo de protección a
ciertos mercados
específicos, como el de la construcción, medicina, para
los arrendatarios de inmuebles, para quienes se dedican a
organizar eventos, para
quienes realizan filmaciones, etc. A este tipo de pólizas
se les llama seguro de responsabilidad civil
profesional.

Seguro para
médicos

Dentro del Ramo de Daños,
encontramos el seguro de Responsabilidad Civil, que a su vez, se
especializa en el llamado seguro de responsabilidad
profesional.

Que cubre este seguro para
médicos

1. Responsabilidad civil en que
incurriere el Asegurado
: Queda cubierta la responsabilidad
civil en que incurriere el Asegurado médico por muerte o
lesión en la integridad corporal de sus pacientes, a
consecuencia de culpa, ya sea por negligencia o impericia en el
ejercicio de una profesión médica, en los
términos de la Ley sobre el Contrato de Seguro.

2. Responsabilidad civil del
Asegurado
. Este seguro también ampara la
responsabilidad civil del Asegurado, encaso de:a) Primeros
auxilios proporcionados en el extranjero, excluyendo Estados Unidos de
Norteamérica, Canadá y sus territorios.b)
Daños ocasionados por cirugía plástica
posterior a un accidente, la correctiva de anormalidades
congénitas, así como los daños no
estéticos derivados de la cirugía
estética.c) En el caso de profesiones veterinarias,
derivada de daños causados a los animales
entregados para su tratamiento.d) Derivada de los
auxiliares que al servicio del Asegurado ejerzan una actividad
médica auxiliar, farmacéutica o laboratorista, ya
sea por negligencia o impericia en el desempeño de sus labores.e) Por el
uso u operación de aparatos médicos con fines de
diagnóstico, tratamiento o de
terapéutica, siempre que dichos aparatos y tratamientos
estén reconocidos por la ciencia
médica y no se encuentren comprendidos dentro de la
obligación de seguro de Responsabilidad Civil por
Daños Nucleares, previstos en los capítulos I, II y
III de la Ley de Responsabilidad Civil por Daños
Nucleares.f) Derivada de la aplicación, a
pacientes, de materias radioactivas naturales o artificiales en
aparatos en los que está incorporado un isótopo
irradiador (por ejemplo, la bomba de cobalto) y otras materias
radioactivas.

3. Gastos y costos legales
por reclamaciones en materia
civil
.Quedan asegurados los gastos y costas legales por
reclamaciones en materia civil, bajo las siguientes bases:a)
Cuando el abogado sea designado por la
Compañía
, los gastos de defensa estarán
asegurados hasta por un monto igual al 50% adicional a la suma
asegurada contratada.b) En caso de que el Asegurado designe a
su propio abogado
, los gastos de defensa estarán
cubiertos hasta por el mismo monto del 50% adicional de la suma
asegurada contratada, con un límite por concepto de
honorarios de abogados del 20% de dicho monto.

Nota: Queda entendido y convenido
que los límites
establecidos en los incisos a) y b) anteriores operan para uno y
todos los siniestros presentados durante la vigencia de la
póliza.Cualquier indemnización hecha por la
Compañía bajo este concepto, reducirá en
igual cantidad la suma asegurada establecida para el mismo, por
lo que las indemnizaciones de siniestros subsecuentes
serán pagadas hasta el límite de la suma
restante.

4. Exclusiones: Esta cobertura no
ampara ni se refiere a reclamaciones y/o
responsabilidades:a)Notificadas al Asegurado, judicial o
extrajudicialmente, antes del inicio de la vigencia de la
presente póliza.b) Cuando las reclamaciones del
paciente afectado y/o sus beneficiarios no sean hechas por
escrito al Asegurado.c) Derivadas de transfusiones de
sangre o por
la actividad de bancos de
sangre.d) Derivadas de daños causados por servicios
profesionales proporcionados bajo la influencia de
narcóticos, medicamentos o sustancias que de cualquier
manera afecten el buen funcionamiento del sistema
nervioso.e) Derivadas de daños y/o perjuicios
que sean consecuencia directa de tratamientos dolosamente
innecesarios o por la violación del secreto
profesional.f) Dirigidas a la obtención de
reembolso de honorarios profesionales del Asegurado.g)
Derivadas de daños relacionados, de cualquier modo, con
el
SIDA.h) Por daños genéticos.i)
Por daños sufridos por cualquier persona que ejerza
actividades profesionales, científicas o derivadas de la
medicina en el consultorio o lugar de trabajo del Asegurado, y
que por el ejercicio de esta actividad sufra
daños.j) Quedan excluidos de la protección
de este seguro los anestesiólogos, a menos que sean los
asegurados titulares de esta póliza.k) En el caso
de médicos odontólogos u ortodoncistas: Por
daños causados por la aplicación de anestesia
general o mientras el paciente se encuentra bajo anestesia
general, si esta anestesia no fue llevada a cabo en un hospital
acreditado para dicho fin.l) En el caso de la
cirugía plástica, no quedan amparados los
resultados en la configuración y aspecto físico
estético de la operación o tratamiento, así
como la insatisfacción del paciente por las mismas
causas.m) Derivadas de un diagnóstico, tratamiento
y/o procedimiento
quirúrgico que no le corresponda al Asegurado, de acuerdo
a su especialidad.n) Derivadas de los daños
ocasionados por los medicamentos recetados por el
Asegurado.o) Derivadas de los daños causados por
medicamentos y/o aparatos en fase experimental o que no se
encuentren registrados ante la autoridad
competente, en caso de ser necesario su registro conforme a la
legislación de la materia.

5. Fianza garantizada:Se utiliza en
caso de algún siniestro cubierto por la cobertura de
Responsabilidad Civil Profesional para Médicos, y de
acuerdo con los requisitos que la Ley establece respecto a la
presentación de una fianza para lograr la libertad
provisional, condicional y/o preparatoria del Asegurado.La
Compañía pagará el importe de la prima
correspondiente a dicha fianza, expedida por una
Compañía Afianzadora legalmente
constituida.

6 Asistencia legal en lo penal.- En
caso de algún siniestro cubierto por la cobertura de
Responsabilidad Civil Profesional para Médicos. Mediante
esta cobertura también se otorgan los servicios
profesionales de asistencia legal necesaria en los procedimientos
penales y que, de acuerdo a las leyes vigentes en
la
República Mexicana.Requieren del inicio y seguimiento
de cualquier procedimiento, comprometiéndose la
Compañía a cubrir los gastos de defensa que
permitan gestionar, con la anuencia del Asegurado, su libertad
provisional y/o condicional según corresponda de acuerdo
al procedimiento iniciado.

A quien esta dirigido este
seguro

El Seguro de Responsabilidad Civil para
Profesiones Médicas, está dirigido a médicos
titulados de cualquier especialidad, asociaciones, institutos y
grupos de
colegios de médicos.

Sugerencias antes de adquirir un
seguro para médicos

Antes de adquirir un seguro de este tipo,
así como de cualquier otro tipo, es necesario comparar
varias opciones, lo que permite identificar cuál es el que
más se acerca a lo que usted necesita. Es recomendable
entonces tomar en cuenta aspectos tales como:

  • Primas.

  • Cobertura.

  • Riesgos cubiertos y no
    cubiertos.

  • Alcances en el extranjero (si es el
    caso).

  • Obligaciones y responsabilidades tanto
    del contratante como de la compañía
    aseguradora.

Compañías que manejan el
seguro para médicos

  • ING Comercial
    América.

  • Responsabilidad Civil Profesiones
    Médicas.

  • GNP Grupo Nacional
    Provincial.

  • Responsabilidad Civil Profesional para
    Médicos.

  • Seguros Inbursa.

  • Responsabilidad Civil Profesionales Médicos.

Datos generales de
los seguros

¿Qué es un
seguro?

Es un instrumento financiero por el cual se
otorga una Suma Asegurada en caso de fallecimiento, invalidez o
supervivencia. La aseguradora pagará a los beneficiarios
la suma asegurada en caso de invalidez, supervivencia o muerte
del asegurado, de acuerdo a las condiciones contratadas, siendo
requisito fundamental que la póliza se encuentre
vigente.

Elementos que conforman un
seguro

La
Contratación

Los Seguros de vida se pueden adquirir o
contratar a través de agentes o corredores de seguros y
bancos.En un seguro de vida individual, el asegurado puede elegir
las coberturas de acuerdo a sus necesidades de protección
y ahorro.Si desea contratar un seguro, comience por hacer una
solicitud, documento que recaba la información del
solicitante y en caso de ser aceptado formará parte del
contrato de seguro.

La Suma Asegurada

Es el monto que se compromete a pagar la
aseguradora, siempre y cuando haya sido contratada la
cobertura.

Beneficiarios

Los beneficiarios deben tener una
relación con el asegurado y una dependencia
económica total o parcial de él. Estas relaciones
son evidentes en el caso de esposa, hijos, hermanos menores en
edad no productiva, padres, etc.

Costo del Seguro

El costo del seguro es la prima estipulada
en la carátula de la póliza, sujeta a variables
tales como edad, estado de
salud, ocupación, hábitos, entre otros.Todos los
pagos relativos al contrato de seguro, ya sea por parte del
asegurado o de la aseguradora, se efectuarán en moneda
nacional. Cuando el plan esté contratado en otra moneda se
tomará el tipo de cambio
vigente en el momento del pago.La forma tradicional de pago es
anual, pero también se ofrecen formas de pago mensuales,
trimestrales o semestrales con un recargo por pago fraccionado;
muchas compañías cuentan con el cargo
automático a tarjeta de crédito y cuenta de
cheques.En
términos generales la suma asegurada total puede ser hasta
10 veces la percepción
anual del asegurado.

Los beneficios adicionales de un
seguro

Algunos de los beneficios adicionales que
ofrecen las compañías de seguros son pago de la
suma asegurada por muerte accidental, pago de la suma asegurada
por invalidez y exención de pago de primas por invalidez,
entre otros, los cuales pueden tener o no un costo adicional y
deben quedar claramente especificados en la carátula de la
póliza.

Como solicitar el pago de su
seguro

Para el pago de reclamaciones, el
beneficiario deberá llenar el formato de
reclamación provisto por la aseguradora.Las aseguradoras
podrán solicitar entre otros documentos los que a
continuación se mencionan:

  • Actas de nacimiento del asegurado y
    beneficiarios.

  • Actas de defunción.

  • Actas de matrimonio si el beneficiario
    es el cónyuge.

  • Identificaciones oficiales.

  • Acta del ministerio público en
    caso de muerte accidental.

  • Dictamen de
    Invalidez

Tipos de
seguros

Los principales tipos de seguros son:
Seguro Ordinario de Vida o Vitalicio

En este tipo, la aseguradora pagará
la suma asegurada de esta cobertura al ocurrir el fallecimiento
del asegurado, su objetivo es
otorgar protección por fallecimiento durante toda la
vida.

Seguro Temporal

En este caso, la aseguradora
únicamente pagará la suma asegurada de esta
cobertura si el asegurado fallece durante el plazo estipulado en
la carátula de la póliza. Su objetivo es ofrecer
protección durante este plazo.

Seguro Dotal

La aseguradora pagará la suma asegurada de esta
cobertura al término del plazo contratado o antes si el
asegurado fallece. Su objetivo es ofrecer protección por
fallecimiento y supervivencia.A partir de estos tipos, se pueden
combinaciones que generan productos para
cubrir necesidades de protección (por fallecimiento,
invalidez y supervivencia), jubilación, educación y
ahorro.

Origen y
misión
del seguro

Orígenes

La institución del Seguro es casi
tan antigua como la civilización misma; se encuentran
antecedentes en las culturas griega y romana, y entre los
aztecas;
quienes concedían a los ancianos notables, algo semejante
a una pensión.

El primer contrato de seguro, surgió
en 1347 en Génova Italia, mientras
que la primera póliza apareció en Pisa en el
año de 1385.

Para 1629 En Holanda, nace la
Compañía de las Indias Orientales, primera gran
compañía moderna que asegura el transporte
marítimo . Este tipo de institución se
multiplicó por todo el Continente Europeo.

Debido al incendio registrado por el
año de 1710 en la ciudad de Londres, Inglaterra, donde
se consumieron cerca de 13,200 casas, 89 iglesias y la Catedral
de Saint Paul, se fundó el 'Fire Office' para el
auxilio a las víctimas. Sólo en ese momento
el hombre ha
ponderado la posibilidad de amenizarse las pérdidas a un
nivel financiero. Surge, así, el más antiguo Seguro
contra Incendios del
mundo.

El Seguro crece en Inglaterra en el siglo
XIX, amparando manufacturas emergentes de incendios, garantizando
condiciones básicas, permitiéndoles expandir sus
servicios y el número de protegidos por el
seguro.

La apertura de los puertos al Comercio
Internacional en 1808 por D. João VI,
origina en el Brasil la primera
sociedad
aseguradora:La compañia de Seguros Boa
Fé.

En la historia reciente de
México, los antecedentes formales del Seguro se remontan a
1870, cuando en el Código
Civil se regula el Contrato del Seguro.

Después de varios años, en
1892 se promulga la primera ley que rige a las
compañías de seguros, mexicanas y extranjeras
existentes en esos años.

Para 1969 aparece la Companhia Real
Brasileira de Seguros, empresa del Grupo
Real, que actualmente, y desde 1973, extiende su "know
how" por muchos países de Hispanoamerica.

En la época actual que parte
de

1990, se establacen las Reformas a la Ley
General de Instituciones y Sociedades
Mutualistas de Seguros.Mientras que en 1991 se lleva a
cabo la Emisión del Nuevo Reglamento de Inversiones,
Establecimiento del Capital Mínimo de Pagos.

En 1992 se hace la
Implantación del Sistema de Margen
de Solvencia y Creación de la Comisión Nacional de
Seguros y un año después la Concertación
para la Creación del Sistema de Ahorro para el Retiro
(SAR) y Venta de ASEMEX
al Sector Privado.

Durante 1994 aparece el Desarrollo de
Estudios para Reformas a la ley del Contrato de Seguros y
Participación a través del COECE en las
negociaciones del TLC en Estados
Unidos y Canadá y dos años más tarde las
Reformas a La Ley General de Instituciones y Sociedades
Mutualistas de Seguros, para incorporar al Sector Asegurador, al
nuevo régimen de Seguridad Social.

Durante 1997 hubo cambios al Marco
Jurídico para fortalecer el esquema de supervisión y el Marco de Operación
de la Empresa. Este
nuevo marco para la operación de Reaseguro, ofrecer
cobertura a los ramos de Accidentes y Enfermedades y la
posibilidad de incluir el ramo de salud. Actualización del
Margen de Solvencia, contemplando nuevos factores para
requerimientos de capital.

En 1998 se hace el Establecimiento
de bases legales, acordes al nuevo esquema de supervisión
que operará la Comisión Nacional de Seguros y
Fianzas.En el año siguiente viene la autorización,
para operar el mercado del
Seguro de Salud.

En el 2000 se hace una
expedición por la Secretaría de Hacienda y
Crédiro Público, que habla sobre las Reglas de
Operación de las Instituciones Seguridad Especializadas en
Salud (ISES).

Misión del
seguro

La institución del seguro es una
parte importante del desarrollo de los países, debido al
impacto socioeconómico derivado de su
operación.

En México la participación
del Seguro al Producto Interno
Bruto(PIB) no llega
al 2% sin embargo, la importancia del sector es la
siguiente:

  • Promueve el ahorro interno: La capacitación e inversión de sus recursos a
    largo plazo son la esencia misma de su actividad.

  • Las aseguradoras ofrecen
    protección con más de 37 millones de
    pólizas y certificados en vigor, que representan sumas
    aseguradas por más de 5 billones de pesos.

  • Redistribuye las aportaciones de monto
    pequeño realizadas por sus asegurados. Por cada peso
    captado por concepto de Primas, el Seguro Mexicano retorna a
    los asegurados 70 centavos por concepto de pago de siniestros
    para todo tipo de coberturas.

  • Ofrece protección al patrimonio
    familiar, garantiza la liquidación de créditos,
    en caso de ocurrir fallecimiento o incapacidad permanente del
    deudor asegurado, o la destrucción del bien
    asegurado.

Es fuente de empleo e
ingresos para
más de 60 mil familias a través de más de 19
mil empleos directos, cerca de 30 mil agentes de seguros y una
gran cantidad de empleos indirectos en las actividades de sus
proveedores de
servicios.

Seguro de
automóviles

Es aquél seguro que tiene por objeto
proteger el automóvil propiedad del
asegurado contra riesgos como: choque, robo total, lesiones a
ocupantes y daños a terceros en su persona y en sus bienes
en caso de accidentes vehiculares.Normalmente estos seguros se
manejan por paquetes, los cuales incluyen diferentes coberturas
que serán contratadas a voluntad del cliente como
pueden ser:Robo total del automóvil.- Lo protege en
caso de robo total del vehículo.

Responsabilidad Civil.- Ampara la
responsabilidad en que pueda incurrir el propietario o cualquier
persona que con su autorización utilice el vehículo
por los daños materiales
causados a terceros en sus bienes, lesiones corporales o muerte a
terceros y la indemnización por daño moral que
legalmente se determine. También quedan cubiertos los
gastos que tuviera que pagar el asegurado en caso de que se
siguiera un juicio civil en su contra por responsabilidad
civil.

Gastos médicos.- Ampara el
pago de gastos médicos por lesiones corporales del
asegurado o los demás ocupantes del vehículo, en
accidentes de tránsito ocurridos mientras se encuentren
dentro del compartimiento, caseta o cabina destinados para
transportar personas.

Defensa jurídica y
asesoría
.- La compañía le ofrece
servicios profesionales de abogados en caso de accidente o robo
total del automóvil, para tramitar la libertad del
asegurado ante las autoridades correspondientes, así como
la devolución del vehículo accidentado. Otorga
servicios de protección jurídica, tramita la
libertad condicional del asegurado durante el juicio, libera el
vehículo, tramita las fianzas necesarias y realiza los
pagos de gastos excepto las multas administrativas.

Daños materiales.- ampara
daños o pérdidas materiales que sufra el
vehículo a consecuencia de circunstancias que no
estén excluidas en la póliza.

Los riesgos que no están
contratados en un seguro de automóvil

Hay riesgos que no se encuentran cubiertos
en el seguro contratado por lo cual es muy importante revisar la
póliza para verificar cuales son las situaciones en las
que la Compañía de Seguros no pagará los
daños. Dentro de las causas de no pago más comunes
encontramos:1:Cuando el conductor no tiene licencia o
permiso para conducir, si esta situación influye
directamente en la realización del accidente o
riesgo.

2:Por rotura, descompostura mecánica o falta de resistencia de
piezas, a menos que éstas sean causadas por los riesgos
que si están cubiertos por la póliza.

3:Pérdidas o daños a
la parte baja del vehículo por transitar fuera de caminos
o en caminos en mal estado.

4: Si el conductor se encuentra en
estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas cuando
estas situaciones influyan directamente en el accidente que ha
causado el daño.

Nota:Es importante que usted sepa que los
riesgos que están amparados se encuentran descritos en la
póliza que le ha entregado su aseguradora, ahí se
especifican los bienes que están protegidos por su seguro,
los riesgos cubiertos y las sumas aseguradas para dichos bienes.
Asimismo se estipulan los bienes que no están cubiertos y
los riesgos adicionales que pueden estar sujetos a cobertura
adicional si usted así lo desea, pero éstos
deberán ser especificados al momento de contratar su
seguro.

Cuando por algún motivo usted
solicite alguna modificación en las condiciones de su
póliza de seguro, la compañía aseguradora
deberá entregarle un documento llamado endoso en el
que consten tales modificaciones para hacerlas
validas.

Es importante que evite la omisión o
la falsa declaración de hechos que usted haga respecto del
riesgo que asegurar ya que en caso contrario, puede ocasionar la
rescisión del contrato y por lo tanto la pérdida
del derecho a recibir la indemnización.

Indemnizaciones que se cubren en caso
de solicitar un seguro de automóvil

*En caso de siniestro la
indemnización le será pagada a valor
comercial del bien amparado, a menos que usted haya contratado
una póliza a valor de reposición.

*El pago de su automóvil en caso de
robo o pérdida total se hará con base en su valor
comercial, es decir, el pago contempla la depreciación del mismo de acuerdo con los
libros que
manejan las aseguradoras para dichos efectos.

*Para que la compañía pueda
tramitar el pago y/o reparación a causa de los
daños, es necesario que usted le entregue toda la
documentación e información que ésta
requiere, o en su defecto, que lleve a cabo los procedimientos
necesarios para la reposición de tales documentos, ya que
sin ellos no podrán entregarle la indemnización
respectiva.

Plazos de vigencia para un seguro de
auto

El periodo de vigencia de las
pólizas es el tiempo durante el cual la aseguradora
reconoce su responsabilidad para cubrir en alguna
proporción los gastos en que usted incurra, derivados de
algún accidente. El periodo de vigencia puede variar desde
anual, semestral, trimestral, etc.

Plazo para el pago de su póliza
de seguro

Cada una de las Compañías de
Seguros podrá ofrecerle diversos plazos para el pago de
las pólizas aunque regularmente los tipos de plazo son
anual, semestral, trimestral o mensual. Debemos hacer notar que
si usted elige una forma de pago anual solo pagará el
costo del seguro en una sola exhibición, pero si elige
alguna otra diferente como puede ser el pago semestral,
trimestral, etc, la aseguradora incluirá dentro del
precio del
seguro una cantidad extra como costo de financiamiento.

A partir de que usted contrate su seguro de
automóvil independientemente de la forma de pago que haya
elegido (anual, semestral, trimestral, etc) de acuerdo a la ley
tiene 30 días para realizar el pago de su póliza,
así como para hacer cualquier aclaración en el
contenido de la misma. Una vez transcurrido ese plazo, si usted
no ha realizado el pago del seguro a la Compañía
Aseguradora, ésta podrá cancelar su póliza y
su automóvil no estará protegido.

Es importante también que sepa que
cada vez que se venza el plazo de vigencia de su póliza, y
una vez que usted haya informado a su aseguradora por medio de su
agente de seguros, su deseo de renovarla, contara con el plazo de
30 días señalado en el párrafo
anterior.

La mayoría de las aseguradoras
ofrecen planes de seguros para automóviles, por lo que es
importante que antes de decidirse por alguno, contacte usted a
los diferentes agentes de seguros de esas Compañías
para que le hagan un presupuesto con base al seguro que usted
necesite y que mejor convenga a sus necesidades. Con todo esto
usted se encontrará en posibilidad de elegir el plan de
seguros que mejor convenga a su presupuesto y a sus
necesidades.

Elementos que componen un seguro de
automóvil

1. El contratante: Es la persona que
paga por los servicios de alguna aseguradora.2. El
beneficiario
:Es la persona que goza de los servicios que
ofrece la aseguradora.3. La aseguradora: La empresa que
ofrecerá los servicios en caso de algún
siniestro.

Más información a tomar
en cuenta, en caso de la contratación del seguro de
automóviles

  • En el ámbito del sector
    asegurador, cada una de las instituciones de seguros, ofrece
    diversos seguros y coberturas al público, los cuales
    contemplan diferentes costos, primas, deducibles, coaseguros,
    vigencias e incluso beneficios adicionales aplicables, por lo
    que antes de decidirse por alguna compañia aseguradora
    en especial, es recomendable evaluar el conjunto de variables
    que ofrecen y mejor se adecuen a las necesidades
    específicas de cada interesado en contratar
    algún seguro.

  • La póliza o contrato de seguro
    de automóvil está diseñado
    específicamente para proteger el bien material
    (automóvil). Dependiendo del tipo de cobertura que
    usted adquiera.

  • Cualquier persona física o moral
    puede contratar un seguro contra daños, teniendo en
    cuenta que la empresa aseguradora responde solamente por el
    daño causado, hasta por el importe del limite de la
    suma y valor asegurados.

  • El contrato de seguro o póliza,
    es aquel comprobante de seguro donde se especifican las
    condiciones como suma asegurada, costos y demás
    obligaciones de ambas partes.

  • No firme ningún documento sin
    leerlo.

  • Pregunte cualquier duda que
    tenga.

  • Tampoco firme o pague su póliza
    si no esta de acuerdo con las condiciones de la
    misma.

En que casos la aseguradora no otorga
los beneficios de la póliza de seguro de
automóviles

Cabe señalar, que el vehículo
es el asegurado, y los beneficios que otorgue la aseguradora en
caso de algún siniestro, no dependen de la persona que
conduzca el vehículo asegurado, salvo en casos como los
siguientes:

1.Que el conductor vaya en estado de
ebriedad o bajo influencia de drogas.2.Que el conductor maneje el
vehículo sin autorización del contratante.3.No
traer licencia o permiso para conducir.4.No contar con los
documentos requeridos, como tarjeta de circulación.5.No
haber realizado el pago de su póliza oportunamente, o no
haber pagado la renovación dentro de los treinta
días correspondientes al vencimiento de la póliza
anterior.

Recomendaciones por parte de las
aseguradoras en caso de algún accidente

1.Guardar la calma.

2.No celebrar convenio alguno con las
partes involucradas.3.No discutir o aceptar
responsabilidades.4.No ordenar reparación de los
vehículos sin la autorización expresa del ajustador
o de la aseguradora.5.Identificar los vehículos con sus
números de placas y de ser posible nombre y dirección de los conductores.6.No abandonar
la unidad, salvo causas de fuerza
mayor.7.Reportar el accidente a la aseguradora.

Que datos debe tener
a la mano en caso de un accidente

Los datos que se deben tener a la mano
cuando ocurre algún accidente son:1.-Número de
póliza de seguro.2.-Nombre del asegurado y nombre del
conductor.3.-Marca, modelo, placas
y número de serie de motor, del
vehículo asegurado.4.-De ser posible, el lugar exacto del
accidente indicando calle, colonia y alguna referencia que
permita su mas pronta localización.

Nota: En la mayoría de los
casos la cobertura que adquiere, cubre todo el territorio
nacional, sin embargo existen casos en los que ésta
también lo proteja en el extranjero, para lo cual debe
confirmar con la institución aseguradora el alcance de la
póliza que usted haya adquirido o esté por
adquirir.

 

 

 

 

 

Autor:

Yibetza Thais Romero
Contreras

Partes: 1, 2
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